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La Corte Constitucional de Colombia despenalizó el aborto hasta la semana 24

Se mantuvieron las tres causales establecidas desde 2006 para el tiempo posterior al sexto mes.

La Corte Constitucional de Colombia votó este lunes 21 de febrero a favor de la despenalización del aborto hasta la semana 24.


Durante la audiencia, cinco magistrados votaron a favor de la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, mientras que los cuatro magistrados restantes la rechazaron. De esta forma, las mujeres podrán abortar, sin ser criminalizadas, hasta la semana 24 de gestación.

En 2006, la Corte Constitucional de Colombia se pronunció en la sentencia C-355 sobre el derecho a abortar bajo tres causales: en casos de violación; por malformación del feto; y cuando existiese riesgo de muerte para la madre.


Fuera de estas causales, el código penal, en el artículo 122, contemplaba penas de entre uno y tres años de cárcel para las mujeres que interrumpieran el embarazo. "La conducta de abortar allí prevista solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la sentencia C-355 de 2006", informó este lunes la Corte Constitucional en un comunicado de prensa.


Entre 2020 y 2021, un total de 268 mujeres fueron denunciadas ante las autoridades por el delito de aborto, según un artículo de la organización feminista Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), que recoge información de la Fiscalía General de la Nación.

Cerca de la mitad (45 %) de estas denuncias fueron realizadas por personal médico. Alcances de la sentencia

A partir de este lunes, las mujeres podrán acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24. Una vez que transcurra ese período de seis meses, las tres causales mencionadas para abortar seguirán vigentes en el país suramericano.

Tras la votación, la Corte Constitucional ordenó al Congreso de la República y al Gobierno nacional al "cumplimiento inmediato de esta sentencia" y a implementar una política pública integral que evite los "amplios márgenes de desprotección para la dignidad" y que favorezca "los derechos de las mujeres gestantes".

Así, las autoridades ahora tienen la obligación de:

  • Hacer una divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo.

  • Eliminar "cualquier obstáculo" para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia.

  • Garantizar instrumentos de prevención del embarazo y planificación.

  • Implementar medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción.

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